Evento de Invalidación 2.0: Cómo Anular un DTE Correctamente

Envío del evento de invalidación junto con su RG y DTE invalidado

Hasta la Factura Electrónica 2.0, anular un DTE era un asunto entre el Ministerio de Hacienda y el emisor del documento. Con la Factura Electrónica 2.0 debes realizar una transmisión del evento de invalidación al MH y además notificar al receptor. En este artículo voy a explicarte por qué se hizo este cambio, cuáles son los archivos que debes enviar a tu cliente cuando invalides y otros aspectos relacionados con el evento de invalidación de la factura electrónica

Invalidar es diferente de anular

Una vez emitido un DTE, este no se puede modificar o alterar; queda guardado en la base de datos del Ministerio de Hacienda tal cual se emitió, la única forma de anularlo es generar el evento de invalidación.

La invalidación es, por tanto, la forma que tenemos para decirle a Hacienda que, por algún error en un documento X, dicho documento ya no tiene validez.

Para realizar el procedimiento, es necesario transmitir a la administración tributaria un EVENTO DE INVALIDACIÓN y luego enviárselo a tu cliente.

Estos son los archivos que debes enviar al receptor:

  1. El archivo JSON del evento.
  2. La representación gráfica del evento.
  3. La representación gráfica del DTE que se está invalidando.
Imagen 1: Ejemplo de representación gráfica software Contaportable.com

Te recuerdo que el receptor es el cliente de la factura; si deseo hacerle llegar los archivos anteriores, estamos obligados a identificarlo con correo y teléfono para hacer efectiva la entrega de los archivos.

Hacer una invalidación no elimina el documento, simplemente lo marca como no válido; esta es la principal diferencia entre una anulación y una invalidación de factura electrónica.

El DTE sigue existiendo en el registro informático; una vez emitido, no hay nada que podamos hacer para borrarlo; lo único es avisar a MH que tal o cual documento queda sin efecto; para ello se usa el EVENTO DE INVALIDACIÓN.

El Evento lleva consigo el código de generación de la factura a invalidar junto con el DTE que emitimos para sustituir la operación.

Video 1: Puedes ver este ejercicio explicado paso a paso en el siguiente fragmento del webinar

Algo nuevo es que el evento incluye reportar quién solicitó la invalidación y quién es el responsable de registrarla; ambas personas identificadas con su nombre, tipo de documento y número del mismo.

Otra cosa importante es señalar con precisión los motivos para anular el documento; para esto se utiliza el catálogo 24 (CAT-024), denominado “Motivo del evento de invalidación”. CAT-024 nos da 3 motivos aceptados por el sistema de transmisión para invalidar:

1Error en la información del Documento Tributario Electrónico a invalidar
2Rescindir de la operación realizada
3Otro
Tabla 1: Otro CAT-024 Motivo de evento de invalidación

Cuando utilices el motivo 3 del CAT-024, debes detallar con exactitud por qué lo estás invalidando, describiendo las razones por las que se invalida el documento.

Invalidar no es una operación sencilla, conlleva muchos pasos e información a transmitir; te sugiero que tomes el tiempo necesario para documentar este procedimiento correctamente.

¿Por qué razón Hacienda está poniendo nuevos requisitos para la invalidación?

La Factura 2.0 obliga a enviar el DTE invalidado al cliente receptor; esta medida pretende evitar prácticas incorrectas de algunos contribuyentes; algunos de ellos invalidaban en forma unilateral las facturas, sin poner en sobreaviso al receptor.

Estas prácticas tenían consecuencias sobre la contabilidad e impuestos; un DTE invalidado no puede ser deducido de ISR e IVA. Si el contribuyente receptor lo incluía como compra en el formulario F-07 para deducir crédito fiscal para luego descubrir que el proveedor lo invalidó, esta acción provocaría la modificación de la declaración de IVA.

Lo anterior también es cierto para la declaración de ISR; un DTE invalidado tampoco puede ser deducible como gasto para disminuir la renta gravada al final del año.

¿Cuáles son los nuevos plazos para invalidar?

La Factura 2.0 (Normativa 2.0) alteró los periodos en los que es permitido emitir un evento de invalidación; a partir de ahora tenemos más tiempo en operaciones con contribuyentes.

Plazos para contribuyentes

Los nuevos plazos para contribuyentes son 10 días hábiles del siguiente mes al cual fue emitido el documento electrónico. Antes solo disponíamos de 24 hrs para poder invalidar, un periodo demasiado corto.

En transacciones con contribuyentes, muchas veces existen procesos y gestiones adicionales para la entrega de los productos o servicios. Por ejemplo, si despachas mercadería, lleva un tiempo para que el cliente revise y acepte el pedido; se debe contar con un margen suficiente de tiempo para buscar productos defectuosos.

Contar con 10 días hábiles después del período en que fue emitido el DTE facilita las cosas. Tienes hasta el día en que se presenta la declaración para decidir si invalidar o no un crédito fiscal.

Documentos afectados por la ampliación del plazo

03Comprobante de crédito fiscal
04Nota de remisión
04Nota de crédito
06Nota de débito
07Comprobante de retención
08Comprobante de liquidación
09Documento contable de liquidación
15Comprobante de donación
17Evento de operaciones especiales
18Evento de retorno
Tabla 2: Documentos para operar con contribuyentes

Para entenderlo mejor, es como se hacía antes de que existiera la factura electrónica; cuando teníamos facturas de papel, era costumbre anular créditos fiscales hasta el día antes de la presentación de los impuestos.

Imagen 2: Plazo para invalidar operaciones con contribuyentes

Plazos para no contribuyentes

Los plazos para no contribuyentes, se mantienen igual; esto es, sujetos excluidos del IVA, clientes en el exterior (cuando se hacen exportaciones) o consumidores finales, NO CAMBIA NADA en este tipo de invalidación; el único cambio es la obligación de entregar representación gráfica al receptor.

A continuación, los documentos para operar con no contribuyentes:

01Facturas de consumidor
11Facturas de exportación
14Factura de sujeto excluido
Tabla 3: Documentos para operar con no contribuyentes

Ejemplos de fecha para la invalidación

Para ayudarte a comprender mejor los plazos de invalidación, he preparado unos ejemplos que te comparto a continuación:

Tipo de DTEFecha de emisiónFecha de recepciónÚltima fecha para anular
Factura consumidor final1 de junio de 20261 de junio de 202631 de agosto de 2026
Factura de Sujeto excluido1 de junio de 20265 de junio de 20264 de agosto de 2026
Crédito Fiscal10 de junio de 202610 de junio de 202614 de julio de 2026
Nota de Crédito20 de junio de 202630 de junio de 202614 de julio de 2026
Tabla 4: Ejemplos de fechas permitidas para invalidar

Video 2: Si quieres ver cómo se calculan estos plazos con casos reales, aquí puedes revisar la explicación completa del webinar.

Observando la tabla anterior, puedes concluir 3 cosas importantes:

  1. Las operaciones con no contribuyentes tienen 3 meses de plazo para anular una factura.
  2. Las operaciones con contribuyentes tienen 10 días hábiles del siguiente mes en el que fue recibido el DTE.
  3. La fecha que cuenta para contar el plazo de invalidación es la de recepción y no la de emisión.

Recuerda que la fecha de RECEPCIÓN no es lo mismo que la fecha de EMISIÓN; la primera es la fecha en que MH otorgó el sello electrónico; la última es la fecha que colocaste al elaborar el documento. Los plazos solo cuentan a partir de la fecha del sello.

¿Qué pasa con el comprobante de donación y los nuevos eventos?

Existen otros dos tipos de documentos que no necesariamente tienen que ver con contribuyentes: el comprobante de donación y los nuevos eventos: retorno y operaciones especiales.

Estos documentos y eventos también cuentan con 10 días hábiles después del periodo de emisión para poder invalidarse.

Dado que ahora tenemos el evento de retorno para realizar devoluciones de productos y servicios en operaciones con NO CONTRIBUYENTES, conviene aclarar cuándo utilizar el evento de invalidación y cuándo utilizar el evento de retorno.

Definamos primero cuándo NO APLICA una invalidación:

¿Cuándo no aplica una invalidación?

Si se trata de una devolución de productos o reembolso por servicios, no necesitas invalidar, necesitas un retorno; hasta antes del evento de retorno, siempre que efectuabas una devolución, por productos o servicios, se invalidaba el DTE; lo anterior en operaciones con NO CONTRIBUYENTES.

Ejemplos:

  1. Un cliente compró en línea un par de zapatos, una camisa y un pantalón, pero los zapatos no le quedaron; procede a devolverlos al comercio donde los adquirió. En este caso aplica un evento de retorno, ya que la devolución es parcial, es decir, solo algunos productos de los que adquirió; una invalidación solo sería permitida si todos los productos fuesen devueltos, pero el comprador solo devolvió los zapatos.
  2. Un turista adquiere un paquete de viaje para un tour que consiste en varios servicios: transporte, comida, alojamiento, entradas a parques nacionales, entre otros; para documentar esta transacción se realiza una factura electrónica de consumidor final. Más tarde, el turista decide que no necesitará el servicio de comidas y solicita el reembolso solo de esa parte. Lo que procede en este caso es realizar un evento de retorno que documente específicamente el reembolso del servicio de comidas.

Siempre que se realice una devolución o reembolso parcial, se debe hacer un evento de retorno y NO una INVALIDACIÓN.

¿Cuándo sí aplica una invalidación?

Una invalidación debe hacerse cuando hay errores en los datos generales de la factura o en la descripción de los productos, lo mismo en el caso de una anulación total de la operación.

Algunos ejemplos de cuándo realizar una invalidación son:

  1. 1) Los datos del receptor (cliente) están mal, por ejemplo, escribiste mal su nombre, el NRC (número de registro de contribuyente) tiene un número más, la dirección no es la correcta.
  2. Facturaste el producto equivocado; el cliente quería un producto y, por error, se incluyó uno distinto del solicitado.
  3. El cliente decide que ya no quiere todos los servicios facturados y, por lo tanto, desea el reembolso total.
Video 3: En el webinar profundizamos en estos casos con ejemplos aplicados; puedes verlo aquí.

¿Cuáles son los efectos de una invalidación?

Los efectos de invalidar una factura son muchos: en la contabilidad, en los impuestos, en tu control de inventario y cuentas por cobrar, entre otros. Recomiendo contar con algún procedimiento de control interno a fin de poder documentar correctamente a las personas involucradas en él.

Desde la implementación de la factura electrónica, ahora es requisito informar sobre quién es la persona que solicita la invalidación; se debe anotar el nombre y apellido junto al tipo de documento de identidad (CAT-022) y el número correspondiente.

36NIT
13Receptor
37Otro
03Pasaporte
02Carnet de Residente
Tabla 5: CAT-022 Tipo de documento de identificación

Por su parte, el emisor (persona o empresa que emite el DTE) debe incluir quién es el responsable internamente de realizar la gestión del evento. Debe identificar con nombre y apellido, tipo de documento de identificación y el número correspondiente, tal cual se hace con el solicitante.

Te sugiero que realices un formulario de control interno donde puedas recoger toda la información necesaria, previo a realizar la invalidación; posibles campos de este formulario son:

  1. Información del DTE a invalidar
    1. Código de generación
    2. Número de control
    3. Monto
    4. Motivo de la invalidación
    5. Código de generación del documento que lo sustituye (si aplica)
  2. Información del solicitante
    1. Nombre y apellido de la persona que solicita la invalidación.
    2. Tipo de documento (cualquiera del catálogo)
    3. Número de identificación
  3. Información del Responsable
    1. Nombre y apellido de la persona que solicita la invalidación
    2. Tipo de documento (cualquiera del catálogo)
    3. Número de identificación

Recuerda incluir el documento invalidado dentro del anexo de documentos anulados que se sube para declarar el formulario F-07 del IVA. Este anexo se sube junto a otros para informar a Hacienda que hemos anulado/invalidado documentos; el DTE debe ser reportado por medio del código de generación dentro del archivo CSV.

Imagen 3: Sección de documentos invalidados en Declaración de IVA F-07

¿Cuál es la importancia de hacer llegar el evento de invalidación?

La entrega del DTE: evento de invalidación, junto con su representación gráfica y documento que invalida, es de obligatorio cumplimiento, NO ES OPCIONAL; así lo dice el (MTIST2.0), sección 6.5.

El método recomendado para entregar es el correo; posee varias ventajas: es rápido, ágil, permite enviar los documentos juntos, tiene confirmación de entrega, entre otras ventajas.

Constantemente escucho a colegas y amigos quejarse por la falta de entrega de los DTES; lo anterior obedece a un problema desconocido por muchos en relación a cómo funciona el servicio de correo electrónico.

Enviar un email no tiene costo, o al menos eso crees; si bien un servidor de correo empresarial implica pagos mensuales por alojamiento y mantenimiento, el envío individual de cada correo no tiene un recargo, no como sucede en una llamada telefónica, por ejemplo, las cuales tienen cargo por cada impulso de llamada.

Si no hay costo por cada envío de correo, esto se presta a que muchos spammers hagan envíos masivos de correos; un spammer es una persona, institución o bot que envía correo no deseado a miles o millones de personas cada día.

Para combatir el correo spam, los grandes proveedores de internet utilizan filtros antispam; un filtro antispam es un programa que se instala en el servidor de correo para filtrar todo aquel correo que no ha sido solicitado por el destinatario.

Los filtros antispam deciden por aprendizaje autónomo y criterios de selección cuáles correos van a la bandeja de entrada y cuáles a la bandeja de correo spam; el correo spam es todo aquel que no tiene relevancia para el usuario, generalmente publicidad o incluso estafas y fraudes.

Por tanto, cuando hablamos de que tenemos que hacer llegar el DTE por invalidación al cliente, significa que debemos ser capaces de superar todos los filtros antispam que poseen los servidores, lo cual es una tarea nada sencilla.

Sugiero tres formas de poder superar los filtros antispam y garantizar que cumplimos con la obligatoriedad de entregar factura de la que habla el Art. 239-A del CT.

Artículo 239-A.- SIN PERJUICIO DE LAS SANCIONES ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO
ANTERIOR, CONSTITUYEN INCUMPLIMIENTOS ESPECIALES EN RELACIÓN A LA OBLIGACIÓN DE
EMITIR DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTRÓNICOS: OMITIR LA EMISIÓN O LA ENTREGA DE LOS
DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTRÓNICOS EXIGIDOS POR ESTE CÓDIGO. SANCIÓN: MULTA
EQUIVALENTE AL CINCUENTA POR CIENTO DEL MONTO DE LA OPERACIÓN POR CADA DOCUMENTO,
LA QUE NO PODRÁ SER INFERIOR A DOS SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES;

Art 239-A del Código Tributario; obligación de entregar documentos electrónicos


  1. Pagar por cada envío: He dicho que no es necesario pagar por cada envío de correo; no obstante, existen servicios especiales de envío de correos que garantizan con 90% de probabilidad que los correos sean leídos por nuestros clientes. Dejo un apartado para explicar cuáles son y dónde puedes contratarlos al final de este documento.
  2. Enviarlo desde tu correo personal: Tu correo personal que utilizas día a día, posee una reputación alta de cara a los filtros antispam, dado que tú no te dedicas al envío de correo masivo de publicidad o similares; lo más probable es que tu dirección de email esté bien vista por los servidores y le den paso sin problemas a la bandeja de entrada de tus destinatarios.
  3. Mi preferida, usar la API gratuita de un servicio ampliamente conocido: Esto es usar la API (Interfaz de aplicaciones) de Microsoft o Gmail; la probabilidad de bloqueos por antispam a correos procedentes de estas plataformas es muy baja, por lo que si utilizas esta API en conjunto con tu correo personal, es muy altamente probable que los DTES sí lleguen a tus clientes. usuarios tienen esta costumbre.

Entregar un correo y garantizar su entrega al destinatario implica porcentaje de probabilidad, nunca del 100%; siempre existe la posibilidad de ser enviados a la bandeja de correo no deseado; una vez ahí, el usuario no lo verá a menos que tenga la costumbre de revisar este tipo de correo; muy pocos usuarios tienen esta costumbre.

Cómo hacer para usar la API gratuita de Gmail o Microsoft.

La contraseña de aplicación es la forma en que la API de Gmail permite a tu sistema de facturación conectarse para enviar los DTE al receptor. Esta contraseña NO ES LA CONTRASEÑA QUE NORMALMENTE OCUPAS PARA LOGUEARTE; es una contraseña especial que creas en Google para este fin.

El proceso para completar este procedimiento puedes encontrarlo en la documentación de Google.

Algunos servicios como el de Microsoft no tienen contraseñas de aplicación. Utilizan algo llamado protocolo OAuth 2.0; este permite a tu sistema de facturación privado, enviar correos usando la sesión activa de tu navegador; solamente tienes que estar logueado en tu cuenta de correo y el sistema se conectará sin problemas.

Imagen 4: Configuración de protocolo oauth2.0 en ContaPortable

¿Por qué es mejor OAuth 2.0?

Permite conectarte a tu sesión activa del navegador, es muy seguro porque solo tú puedes conceder el permiso para envíos; también es sumamente práctico y fácil de configurar, basta pulsar un botón y accedes al instante; utiliza tu correo personal, lo cual garantiza la entrega de las facturas y eventos a tus clientes; por si fuera poco, es GRATIS, no necesitas incurrir en costos de servidor ni realizar pagos por envíos y puedes hacer miles de envíos al mes sin problema.

Usar Oatuh2.0 es una buena alternativa si no quieres tener problemas con dar cumplimiento a las nuevas obligaciones de la factura electrónica 2.0; el paso de enviar el correo con los archivos necesarios adjuntos es crucial para evitar multas en el futuro.

Si quieres más información sobre el protocolo OAuth 2.0 en nuestro sistema de facturación Contaportable.com, consúltame en el siguiente enlace: https://wa.me/contaportable.

Algunos servicios de pago para envíos de correos individuales.

Si tu sistema no cuenta con protocolo OAuth 2.0, lo mejor es contratar un servicio de pago; esto asegura la entrega del DTE. La mayoría de sistemas privados, que se comercializan en el mercado, ya cuentan con un costo por envío; es por eso que te venden planes por 10, 20, 100 facturas al mes, pero solo en caso de que no incluyan este servicio. Te dejo una lista de proveedores de envíos de correos que puedes usar:

Mailchimp [https://mailchimp.com/es/]

Twilio [https://www.twilio.com]

Brevo [https://www.brevo.com/]

Glosario:

OAuth 2.0: Protocolo que usan los correos electrónicos para permitir el envío de correos electrónicos con la sesión iniciada en tu navegador, muy seguro y de fácil configuración.

DTE: Documento tributario electrónico.

API: Interfaz de programación de aplicaciones.

antispam: Filtro de correo electrónico que bloquea los correos no deseados.

spammers: Persona, empresa o institución que se dedica a enviar correos electrónicos basura de publicidad o estafas.

CSV: Archivo delimitado por comas.

F-07: Formulario en que se declara el impuesto del IVA.

Referencias

(CT): Asamblea Legislativa de la República de El Salvador. (2000). Código Tributario (Decreto Legislativo No. 230). Diario Oficial No. 241, Tomo 349, del 22 de diciembre de 2000.

(MTIST2.0): Ministerio de Hacienda de El Salvador. (Mayo 2026). Manual tecnológico para la integración del Sistema de Transmisión V2.0.

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